Ley 3705

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Cultural
Número de Edición3705
Publication DateJuly 25, 2007

LEY Nº 3705

LEY DE 5 DE JULIO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Declárase Patrimonio Oral, Cultural y Religioso de Bolivia, a las tradiciones que la población del Santuario de Quillacas, Provincia Avaroa del Departamento de Oruro, realiza durante la festividad del Señor de Quillacas.

ARTÍCULO 2. El Gobierno Nacional, la Prefectura de Oruro y el Gobierno Municipal de Quillacas, gestionarán los recursos económicos internos y/o externos, necesarios para la preservación, conservación y promoción del patrimonio objeto de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil siete años.

Fdo. José...

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