Ley 4011

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición4011
Publication DateMarch 20, 2009

LEY Nº 4011

LEY DE 27 DE FEBRERO DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declarase de prioridad departamental y municipal, la construcción y asfaltado de los siguientes tramos carreteros que constituyen el circuito fronterizo del Departamento de Oruro:

  1. Tambo Quemado - Chachacomani - Canto Mogachi - Macaya - Julo - Negrillos - Mantos - Carangas - La Rivera - Todos Santos - Parajaya, que comprenden a las Provincias Sajama, Sabaya y Mejillones.

  2. Tramo la Rivera - Pitacollo - Cahuana - Sabaya - Romero Pampa y Chipaya que comprenden a las Provincias Mejillones, Sabaya y Litoral.

  3. Tramo Cahuana - El Habra - Coipasa - Tahuca - Cerro Grande - Isbaya - Viroxa - Salinas de Garci Mendoza, que comprenden a las Provincias Sabaya y Ladislao Cabrera.

Artículo 2. Se encomienda a la Prefectura del Departamento de Oruro y los Municipios involucrados, en el marco de sus competencias, gestionar y/o asignar los recursos necesarios para la elaboración del estudio a diseño final y la construcción de los tramos carreteros comprendidos en el circulo fronterizo descrito en el artículo 1 de la presente...

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