Decreto 28100

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Otros
Número de Edición28100
Publication DateApril 28, 2005

DECRETO SUPREMO N° 28100

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1 de la Ley N° 1600 de 28 de octubre de 1994 - Ley del Sistema de Regulación Sectorial - SIRESE, crea el SIRESE con el objeto de regular, controlar y supervisar aquellas actividades de los sectores de telecomunicaciones, electricidad, hidrocarburos, transportes, aguas y otros sectores que mediante ley sean incorporados al mismo.

Que el inciso a) del Artículo Unico del Decreto Supremo N° 27973 de 11 de enero de 2005, instruye a la Superintendencia de Saneamiento Básico realizar todas las acciones necesarias, en forma inmediata, para la terminación del Contrato de Concesión suscrito con la empresa Aguas del Illimani S.A., en el marco de la legislación boliviana y los contratos suscritos con esta empresa.

Que es necesario actuar oportunamente en las actividades conducentes a la terminación del Contrato de Concesión con Aguas del Illimani S.A., toda vez que la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado sanitario en la ciudad de El Alto, por parte de la mencionada empresa, está generando conflictos que perjudican el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas en dicha ciudad, repercutiendo consiguientemente en el resto de la economía nacional.

Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 19 de abril de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

D E C R E T A :

ARTICULO UNICO.-

I. Se autoriza a la Superintendencia de Saneamiento Básico, en el ámbito de su competencia, la contratación de las auditorias, servicios legales necesarios y asesoría financiera, institucional y técnica correspondientes para la terminación del Contrato de Concesión de Aguas del Illimani S.A, exceptuándose con tal propósito, a dicha Superintendencia de la aplicación del Decreto Supremo Nº 27328 de 31 de enero de 2004 sobre Procesos de Contratación de Bienes, Obras y Servicios Generales y de Consultoría y otras normas conexas; razón por la cual, todo proceso de contratación se regirá por el presente Decreto Supremo, pudiendo contratar la prestación de servicios generales sin recurrir a la...

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