Ley 3128

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Minería
Número de Edición3128
Publication DateAugust 24, 2005

LEY N° 3128

LEY DE 4 DE AGOSTO DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Declárase con carácter prioritario la industrialización de los recursos no renovables: Piedra Caliza, Arena Sílice y Arcilla para Cerámica ubicados en el Municipio de Collana Norte, Provincia Aroma del Departamento de La Paz.

ARTICULO 2º. Encomiéndese al Poder Ejecutivo prestar toda la atención necesaria a fin de que este objetivo pueda ser alcanzado a la brevedad posible.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de julio de dos mil cinco años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional...

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