Ley 3006

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Salud
Número de Edición3006
Publication DateApril 08, 2005

LEY N° 3006

LEY DE 21 DE MARZO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA :

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional la construcción y equipamiento del Hospital y Centro Latinoamericano de Investigaciones Cardiopulmonares en la ciudad de Oruro.

ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud y Deportes, queda encargado de gestionar recursos para la preinversión e inversión de este Proyecto.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de marzo de dos mil cinco años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossío Cortez...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT