Ley 772

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición772
Publication DateJanuary 31, 1986

LEY DE 31 DE ENERO DE 1986

LEY No.772

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

D E C R E T A:

ARTICULO 1o

Créase el Cantón Cahuayo en la Jurisdicción de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción las comunidades: Pamputa, Suntora, Contoriri, Ocupampa, Huaraco, Corinumpa, Villcapugio, Tuturuma y Arisaya.

ARTICULO 2o

Los límites de la nueva jurisdicción son: al norte, con la comunidad Chulta y parte de Lagunillas del Departamento de Oruro al sur, con el Cantón Urmiri de la Provincia Frías; al este con la Comunidad Urinzaya, jurisdicción de Tinquipaya; y al Oeste, con la comunidad de Lagunillas del Departamento de Oruro.

ARTICULO 3o

El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las limitaciones correspondientes y definir los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos ochenta y seis años.

Fdo. .Oscar Zamora Medinacelli, Gastón Encinas V...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT