Ley 3424

GobiernoInternacional - Derechos Humanos
Número de Edición3424
Publication DateJune 22, 2006

LEY Nº 3424

LEY DE 12 DE JUNIO DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. De conformidad con el Artículo 59, atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación de la "Convención sobre Protección y promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales", suscrito el 20 de octubre de 2005, en el marco de la 33ª Asamblea General de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

Conforme a lo estipulado en el Artículo 29, la Convención entrara en vigor tres meses después de -la fecha del depósito del trigésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, solo para los estados o las organizaciones de integración económica regional que hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación o adhesión.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de...

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