Ley 2144

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2144
Publication DateNovember 22, 2000

LEY Nº 2144

LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza al Tesoro General de la Nación, la transferencia a título oneroso, del inmueble ubicado en la calle Serafín Rivero esquina, José Natusch de la zona el Carmen de la ciudad de Trinidad, cuya extensión superficial alcanza a 937,50 metros cuadrados,en favor de la Prefectura del departamento del Beni y con destino al funcionamiento del Centro de Discapacitados.

ARTICULO SEGUNDO.- El precio de dicha transferencia, será determinado en base al avalúo existente y se sujetará a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 216145, del 3 de agosto de 1995 sobre las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

ARTICULO TERCERO.- La Prefectura del Beni, cancelará el valor total de lo establecido en el artículo precedente, en un plazo no mayor a los tres (3) años y con cargo a su presupuesto anual, para lo cual el Ministerio de Hacienda queda facultado para previsionar los correspondientes...

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