Ley 565

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Transporte
Número de Edición565
Publication DateOctober 03, 1983

LEY DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 1983 No. 565

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Declárase de prioridad y urgencia nacional así como de necesidad y utilidad pública la ampliación del aeropuerto de Cochabamba, de conformidad con los estudios relativos que cursan en el Ministerio de Aeronáutica.

ARTICULO SEGUNDO

Autorízase al Poder Ejecutivo la gestión ante los organismos financieros internacionales, de los empréstitos necesarios para la ejecución de la obra.

Comuníquese al Poder Ejecutivo parafines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 13 de septiembre de 1983.

H. Julio Garrett Aillón, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. Gualberto Claure Ortuño, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Luis Añez Alvarez, SENADOR SECRETARIO.- H. Alfredo Monje, SENADOR SECRETARIO.- H. Alfonso FerrufinoB., DIPUTADO SECRETARIO.- H. Francisco Figueroa V., DIPUTADO SECRETARIO.

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla...

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