Ley 1374

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición1374
Publication DateDecember 18, 1992

LEY Nro. 1374
LEY DE 16 DE NOVIEMBRE DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad departamental la construcción del camino carretero Villazón-Yanalpa, en una extensión de 8 km. así como la construcción de un puente sobre el Río Penitencia en el sector de Agua Chica de la provincia Modesto Omiste del depto. de Potosí.

ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase al Servicio Nacional de Caminos y la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), la elaboración de los estudios necesarios para concretar la ejecución de la obra.

ARTICULO TERCERO.- Autorízase al Poder Ejecutivo y a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí, a gestionar el financiamiento correspondiente para el cumplimiento y ejecución de la presente Ley.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable...

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