Ley 1360

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Tierra
Número de Edición1360
Publication DateNovember 23, 1992

LEY Nro. 1360
LEY DE 26 DE OCTUBRE DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por tanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad regional la ejecución del Plan de Desarrollo Integral Agropecuario Norte, para mejorar los niveles de ingresos y de vida de los pequeños y medianos productores rurales del departamento de Santa Cruz.

ARTICULO SEGUNDO.- Las acciones del Plan de Desarrollo Integral Agropecuario Norte que serán ejecutadas en las provincias: Andrés Ibáñez, Warnes, Obispo Santiesteban, Sara e Ichilo del departamento de Santa Cruz, estarán orientadas a los siguientes propósitos:

  1. Construcción, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura vial y productiva.

  2. Mejoramiento de los sistemas de comercialización.

  3. Fomento a la producción agropecuaria.

  4. Conservación sustentable del medio ambiente.

ARTICULO TERCERO.- Autorízase al Poder Ejecutivo y/o a la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ) a gestionar, ante la Agencia Internacional de Coorporación del Japón (JICA) y otras fuentes de origen externo y/o interno, el financiamiento necesario para el cumplimiento de la presente Ley.

Pase al Poder Ejecutivo para, fines constitucionales.

Es dada...

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