Ley 397

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Liberaciones Aduaneras
Número de Edición397
Publication DateDecember 31, 1950

LEY DE 27 DE NOVIEMBRE DE 1950

LEY Nº 397.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo único. - Bajo el control del Ministerio de Hacienda y por el término de cinco años, libérase del pago de derechos aduaneros la internación de equipos y mobiliarios destinados a las empresas cinematográficas establecidas o por establecerse en los departamentos del Beni, Pando y Santa Cruz, prohibiéndose el traslado y venta de estos equipos y mobiliario a otros distritos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 22 de septiembre de 1950.

(Fdo.) J. Manuel Balcazar. - (Fdo.) Lucio Lanza Solares. - (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario. - (Fdo.) P...

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