Ley 3977

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición3977
Publication DateDecember 12, 2008

LEY Nº 3977

LEY DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental, la construcción e implementación del Instituto de Educación Técnico Superior de Zootecnia en el Municipio de Tomave, capital de la Segunda Sección de la Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí.

Artículo 2. Se autoriza al Ministerio de Planificación del Desarrollo para que a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, en coordinación con la Prefectura del Departamento de Potosí y el Gobierno Municipal de Tomave, de acuerdo a la Ley Nº 1654 de Descentralización Administrativa, Ley Nº 2028 de Municipalidades y la Ley Nº 1551 de Participación Popular, gestionar el financiamiento requerido para la construcción e implementación del Instituto Técnico Superior de Zootecnia ante instituciones nacionales e internacionales.

Artículo 3. Para su implementación curricular y recursos recurrentes de ítems por parte del Ministerio de Educación y Culturas, la Prefectura del Departamento de Potosí y el Gobierno Municipal de Tomave, deberán cumplir la Norma Nº 006 de Formación Técnica, normada por el Reglamento del Sistema...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT