Ley 2773

GobiernoInternacional - Cooperación Tecnica
Número de Edición2773
Publication DateJuly 23, 2004

LEY N° 2773

LEY DE 7 DE JULIO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del Convenio de Cooperación Científico Técnico en Salud y Producción Animal entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República del Paraguay. Firmado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el 24 de septiembre de 1993.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil cuatro años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT