Ley 2778

GobiernoInternacional - Cooperación
Número de Edición2778
Publication DateJuly 23, 2004

LEY N° 2778

LEY DE 7 DE JULIO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del Convenio de Cooperación en Educación Intercultural Bilingüe entre el Gobierno de la República del Bolivia y el Gobierno de la República del Paraguay, firmado en la ciudad de Asunción, Paraguay, el 4 de diciembre de 2002.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil cuatro años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien...

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