Ley 3756

GobiernoInternacional - Ambiental
Número de Edición3756
Publication DateNovember 01, 2007

LEY Nº 3756

LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la ratificación del “Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Cooperación Energética de Caracas”, suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, en la ciudad de Porlamar el 17 de abril de 2007.

De conformidad con su Artículo II, el Protocolo de Enmienda entrará en vigor a partir de la fecha en que el Gobierno de la República de Bolivia notifique por escrito y por la vía diplomática al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, el cumplimiento de sus formalidades legales internas y permanecerá vigente mientras se encuentre en vigor el Acuerdo de Cooperación Energética de Caracas suscrito el 23 de Enero de 2006, ratificado mediante Ley Nº 3429, de 21 de junio de 2006.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines...

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