Ley 3710

GobiernoAdministrativa - Capitalía
Número de Edición3710
Publication DateJuly 25, 2007

LEY Nº 3710

LEY DE 9 DE JULIO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Declárase a la Provincia San Pedro de Totora, jurisdicción del Departamento de Oruro, Capital Folklórica de la Tarqueada y de los Tejidos Multicolores, verde aguayos, ponchos, wistallas, chullus y tarillas que son la indumentaria de las autoridades originarias a nivel departamental y nacional, las mismas se constituyen en símbolos culturales del pueblo aymara y boliviano.

ARTÍCULO 2. Se dispone que cada 10 de noviembre se realice el desentierro de la tarqa, en honor al inicio de las lluvias, la germinación de la papa, el reverdecimiento de los pastizales y el inicio del Tumpawi y Muyunta de las autoridades originarias, hilacatas, tata tamanis, mama tamanis de los nueve ayllus de la Provincia.

ARTICULO 3. Quedan encargados del cumplimiento de la presente Ley el Viceministerio de Desarrollo de Culturas, debiendo encarar la realización del estudio, planificación, ejecución e implementación del turismo...

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