Ley 1184

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1184
Publication DateSeptember 18, 1990

1184

LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1990

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Créase el Cantón “PANIAGUA”, en la jurisdicción de la provincia Larecaja del departamento de La Paz, comprendiendo a las siguientes comunidades: UNUTULUNI, TIHUANANI, TUJOJAHUIRA, CHUQUINI y PANIAGUA, cuya capital será la comunidad de “Paniagua”.

ARTICULO 2º.- Los límites de la nueva jurisdicción político administrativa son: Al Norte, con el cantón Sarampiuni; Al Sud con el cantón Chacapa; al Este con el Cantón Tipuani y al Oeste con el cantón Lijuhata.

ARTICULO 3º.- El Instituto Geográfico Militar, en conformidad con el Art. 6to. del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.

H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional...

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