Ley 3844

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición3844
Publication DateMay 15, 2008

LEY Nº 3844

LEY DE 24 DE ABRIL DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1.- Declárase de prioridad departamental la construcción de un Internado Rural en el Municipio del Santuario de Quillacas de la Provincia Eduardo Avaroa del Departamento de Oruro, que beneficiará a la comunidad estudiantil, jóvenes del área rural, el mismo que funcionará en la Capital de la Sección Municipal.

Artículo 2.- El Gobierno Municipal del Santuario de Quillacas, otorgará un terreno para la construcción de un internado con el fin de dar un techo y acoger la mayor cantidad de estudiantes (jóvenes y adolescentes), de manera que beneficien principalmente a los sectores marginados y vulnerables de la sociedad en los que prevalece la pobreza.

Artículo 3.- Encomiéndase a la Prefectura del Departamento de Oruro y al Gobierno Municipal del Santuario de Quillacas, el financiamiento de los recursos necesarios para la ejecución de la construcción del Internado Rural en el Municipio del Santuario de Quillacas, cumpliéndose lo dispuesto por la presente Ley.

Artículo 4.- El funcionamiento del Internado Rural del Santuario de Quillacas, estará sujeto bajo un...

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