Ley 1775

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición1775
Publication DateMarch 14, 1997

LEY Nº 1775

LEY DE 14 DE MARZO DE 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- De conformidad con el artículo 59, Atribución 7a., de la Constitución Política del Estado, se autoriza a YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS (Y.P.F.B.) a transferir a título oneroso en favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “TRAPETROL ORIENTE LTDA.” un lote de terreno de 3.298.77 mts.2. que se desprende de una superficie mayor de 63.018.25 mts2. de propiedad de YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS (Y.P.F.B.), ubicada en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, inscrito en el Registro de Derechos Reales a fojas 209, Nº 199 de Registro de Propiedad de la Capital de fecha 29 de agosto de 1973, sobre la base de su evaluación técnica, debiendo seguirse al efecto el procedimiento legal correspondiente.

ARTICULO SEGUNDO.- El terreno objeto de la presente transferencia, será destinado única y exclusivamente al funcionamiento, ampliación y mejoramiento de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “TRAPETROL ORIENTE LTDA.”, para la atención de sus socios, trabajadores y ex-trabajadores de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.).

ARTICULO TERCERO.- Se dispone la entrega de la documentación correspondiente a la Cooperativa de Ahorro...

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