Ley 651

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición651
Publication DateNovember 10, 1984

LEY DE 17 DE OCTUBRE DE 1984

No. 651

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón Figueroa, en la jurisdicción de la provincia Inquisivi del departamento de La Paz, con los siguientes límites; al norte, con el cantón Licoma y Charapaxi; al sur, con el cantón Quime, al este, con el cantón Camillaya, y al oeste, con el cantón Choquetanga.

ARTICULO SEGUNDO.- El cantón Figueroa comprende las siguientes comunidades; Cochabambita, Chocñocata, Milla Milla, Sopocari, Ramada, Picullpaya, Jucumarini e Irupaya.

ARTICULO TERCERO.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6o. del Decreto Supremo N° 2282 de 5 de diciembre de 1050, queda encargado de efectuar las delimitaciones del cantón Figueroa, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones...

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