Ley 513

GobiernoAdministrativa - Servicio Eléctrico
Número de Edición513
Publication DateMay 12, 1980

LEY 513

LEY DE 21 DE ABRIL DE 1980

LYDIA GUEILER TEJADA

Presidenta Constitucional Interina de la República

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLECONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO Declárase de prioridad Nacional la ejecución del Proyecto Múltiple de San Jacinto en el valle central del Departamento de Tarija.
ARTICULO SEGUNDO Instrúyese al Poder Ejecutivo a contratar el financiamiento para la primera etapa de la construcción y equipamiento para la primera etapa de la construcción y equipamiento y otros del Proyecto San Jacinto hasta el mes de abril de 1980.
ARTICULO TERCERO

De no concretarse la contratación del financiamiento mencionado en el artículo anterior, instrúyese al Poder Ejecutivo autorizar a la Asociación "SAN JACINTO" la convocatoria a licitación internacional con financiamiento para la construcción de la presa, impermeabilización de la tablada y casa de màquinas hasta el monto establecido en los estudios efectuados por la Asociación "SAN JACINTO".

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines Constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.


La Paz, 14 de abril de 1980.

Fdo. Dr. Walter Guevara Arze

PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES

Fdo. Dr. José Zegarra Cerruto

PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS

Fdo. Dr. Benjamin Miguel Harb

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