Ley 634

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición634
Publication DateOctober 05, 1984

LEY DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1984

No. 634

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Créase el cantón Ichuraya, en la provincia Ingavi, del departamento de La Paz, cuyos límites son los siguientes: al norte, con el cantón Viacha; al sur, con la provincia Aroma, al este, con la provincia Aroma y al oeste, con el cantón Viacha.

ARTICULO 2o.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad con elartículo 6o del decreto supremo de fecha 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en laSala de Sesiones del H. Senado Nacional a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Julio...

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