Ley 951

GobiernoAdministrativa - Organización Institucional
Número de Edición951
Publication DateDecember 03, 1987

LEY DE 22 DE OCTUBRE DE 1987

Nº. 951

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Créase la Empresa Misicuni, como entidad de derecho público, autonomia de gestión técnica, financiera y administrativa, encargada de la ejecución y administración del Proyecto Múltiple Misicuni, con domicilio legal en la ciudad de Cochabamba.

ARTICULO 2º.- El capital de la Empresa Misicuni sera constituido con la participación accionaria de: la Corporación Regional de Desarrollo de Cochabamba (CORDECO), el Servicio Municipal de Aguas Potables y Alcantarillado (SEMAPA), el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios (MACA) y la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENDE), en proporciones que serán establecidas por el decreto supremo que reglamente la presente ley.

ARTICULO 3º.- El Directorio de la Empresa Misicuni estará conformado por un representante designado por cada una de las entidades públicas accionistas, más un representante del Comité Cívico pro Cochabamba, con derecho a voz sin voto.

ARTICULO 4º.- La ejecución del Proyecto Múltiple Misicuni se sujetará al diseño final de la versión reformulada, la misma que contempla como primera fase la captación de agua potable para la ciudad de Cochabamba y poblaciones aledañas, así como agua de riego para las tierras de uso agricola del valle central y bajo de aquel Departamento.

ARTICULO 5º.- Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar el financiamiento necesario para la ejecución del Proyecto objeto de la presente ley ante los organismos nacionales o...

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