Decreto Ley 11153

GobiernoAdministrativa - Impositiva
Número de Edición11153
Publication DateNovember 02, 1973

DECRETO LEY Nº 11153

CRAL. HUGO BANZER SUAREZ

Presidente de la República

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 10550 de 27 de octubre de 1972, establece en su artículo 31º que el Ministerio de Finanzas debe presentar un nuevo sistema tributario interno en el término de seis meses.

Que, la reforma del impuesto a la renta de las personas naturales, constituye parte importante de la nueva reestructuración que debe darse al sistema tributario boliviano, en el cual han coincidido tanto los estudios realizados por organismos técnicos de carácter nacional o internacional.

Que, la reforma, además de introducir los conceptos de universalidad y equidad en la tributación a la renta de las personas, debe alcanzar los objetivos fundamentales que se ha trazado el país en éste terreno.

Que, dentro de estos objetivos constituye uno de singular importancia el financiero, porque permitirá la transferencia de recursos suficientes para alcanzar el equilibrio presupuestario en el corto y largo plazo, sustituyendo los recursos de emergencia provenientes de las medidas de estabilización.

Que, también constituye otro objetivo de orden económico, el de utilizar las medidas tributarias como instrumento que permitan impulsar el proceso de desarrollo económico, generando para ese fin los recursos suficientes que luego se traduzcan en nuevas fuentes de trabajo.

Que, el impuesto a la renta de las personas naturales en el campo de la política fiscal, constituye un valioso instrumento de redistribución del ingreso, pudiendo por ello ser utilizado también para desalentar los consumos no esenciales y estimular al ahorro y la inversión.

Que, esta Reforma también tiene como fin facilitar la actividad de la Administración Tributaria, simplificando la compleja y difusa tributación existente en el campo de los impuestos a la renta, liberando en última instancia tanto a la Administración como a los contribuyentes de requisitos formales innecesarios y de complejos mecanismos de control.

Que, además de los objetivos anteriores es propósito de la nueva disposición a la renta de las personas naturales hacer homogéneo el tratamiento impositivo, evitando discriminaciones en función de la fuente que las origina, finalidad que es compatible con la aplicación irrestricta del principio de equidad y permite un fácil manejo administrativo del impuesto.

Que, esta medida parte del principio fundamental de generalidad del tributo para todas aquellas personas que perciban rentas de...

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