Ley 2539

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición2539
Publication DateNovember 18, 2003

LEY N° 2539

LEY DE 30 DE OCTUBRE DE 2003

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- La Prefectura del Departamento de Chuquisaca destinará para la concreción del Centro Internacional de Convenciones y Cultura (CICC), el monto no comprometido y no ejecutado que a la fecha se tiene por concepto de intereses ganados por los bonos que se definen en la Ley N° 2034, además de los intereses que se obtengan en el futuro del saldo, hasta cumplir con el monto de contraparte para este Proyecto.

ARTICULO SEGUNDO.- Este monto servirá como contraparte para gestionar los fondos externos en la Corporación Andina de Fomento (CAF) y otros Organismos, con objeto de concretar el Centro Internacional de Convenciones y Cultura, en base al Proyecto a Diseño Final Aprobado.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los...

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