Ley 207

GobiernoAdministrativa - Servicio Eléctrico
Número de Edición207
Publication DateMarch 31, 1950

5 DE ENERO

LEY Nº 207.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto CONGR: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1º.- Se destina la totalidad del impuesto a la sucesión testamentaria de la que fué Melchora viuda de Zubieta, a la ampliación al servicio de luz eléctrica en la población de Corque, capital de la Provincia Carangas.

Artículo 2º.- La Alcaldía Municipal de la Provincia Carangas, queda encargada de la administración e inversión de dichos fondos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 20 de diciembre de 1949.

(Fdo.) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo.) Luis Ponce Lozada.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) E. Monasterio, Senador Secretario.- (Fdo.)...

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