Ley de 14 de diciembre de 1959

GobiernoAdministrativa - División Política
Publication DateDecember 31, 1959

Ley de 14 de Diciembre de 1959

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley.

En Consejo de Ministros,

DECRETA:

Artículo 1°- Créase la Segunda Sección Municipal de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, con capital en el pueblo de "Caquiaviri” comprendiendo los cantones Achiri, Vichaya y Nazacara.

Artículo 2º- Las regiones Comanche, Jiwacuta, Villa Belén y Kasillun quedan categorizadas como cantones y se incorporan a la jurisdicción de segunda Sección de Coquiaviri,

Artículo 3º- Los límites de dicha Sección Municipal así como de los nuevos cantones serán fijados por el Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el Artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 3 de diciembre de 1959.

(Fdo.) Rubén Julio Castro, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de...

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