Ley 3012
Gobierno | Medio Ambiente Y Rr.nn. Subárea - Areas Protegidas |
Número de Edición | 3012 |
Publication Date | April 08, 2005 |
LEY N° 3012
LEY DE 4 DE ABRIL DE 2005
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA :
ARTICULO 1°.- Apruébase el Corredor Iténez (Guaporé) - Mamoré, como bioregión que contiene unidades de conservación de diferente categoría y población humana y que constituye una sola unidad de manejo priorizada.
ARTICULO 2°.- El corredor Ecológico Iténez (Guaporé) - Mamoré, en Bolivia, se extiende por el espacio geográfico conformado por la cuenca hidrográfica del Iténez (Guaporé) - Mamoré englobando las nacientes de los ríos Aragua, San Martín y Blanco (afluentes del río Itenez) y del Yata, descendiendo hasta el río Beni, más las áreas protegidas del Este del Departamento de Pando, Area geográfica al Noroeste de los Departamentos de Santa Cruz y Beni y al Este de Pando.
ARTICULO 3.- Son objetivos del Corredor de Iténez (Guaporé) - Mamoré:
- Buscar la conservación y manejo de todos los ecosistemas identificados en el área del corredor, respetando los derechos y prerrogativas de las poblaciones humanas existentes.
- Mantener el flujo genético de esta región, formada por unidades de conservación y áreas protegidas de diferentes categorías, integradas o conectadas, integrando los aspectos socioculturales y de biodiversidad con el Desarrollo Sostenible en el contexto regional.
- Proteger, conservar y manejar de forma sostenible los recursos naturales existentes en esta región, para asegurar su biodiversidad y garantizar y promover la mejora de la calidad de vida de las poblaciones humanas.
- Evitar el aislamiento de los ecosistemas.
- Mantener o incrementar el grado de conectividad entre espacio por medio de acciones que permitan la maximización del flujo de individuos de las diferentes especies que componen las comunidades de fauna y flora.
- Propiciar en este marco geográfico la ampliación de políticas y acuerdos bilaterales para lograr la conservación y el manejo de los recursos naturales
- Viabilizar, de forma conjunta con Brasil, la protección y conservación de varias unidades de conservación y sus áreas de influencia, que de por si ya forman un corredor natural.
ARTICULO 4.- Las líneas maestras de acción quedan establecidas en conservación, uso sostenible de los recursos naturales, fortalecimiento social e integración, las comunidades locales deben...
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