Ley 3011

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Minería
Número de Edición3011
Publication DateApril 08, 2005

LEY N° 3011

LEY DE 4 DE ABRIL DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA :

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional la reactivación de la producción, industrialización y comercialización de los minerales no metálicos del Departamento de Oruro.

ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Minería y Metalurgia, concretar el financiamiento para la prospección y exploración de dichos recursos naturales.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de marzo de dos mil cinco años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Mario Cossío...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT