Ley 1727

GobiernoInternacional - Derechos Humanos
Número de Edición1727
Publication DateNovember 25, 1996

LEY Nº1727

LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE1996

GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 12ª., de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica las Convenciones Interamericanas sobre Obligaciones Alimentarías y Restitución Internacional de Menores, adoptadas en la Cuarta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP IV), realizada en la ciudad de Montevideo, Uruguay del 9 al 15 de julio de 1996.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 12 de noviembre de 1996.

Fdo. Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern,Horacio Torres Guzmán...

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