Ley 3515

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Cultural
Número de Edición3515
Publication DateNovember 22, 2006

LEY Nº 3515

LEY DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárase Patrimonio Turístico de Bolivia a la Hacienda de Mondragón y sus alrededores, ubicados en la comunidad del mismo nombre, Cantón Tarapaya, Primera Sección Municipal de la Provincia Tomás Frías del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo, a través del Viceministerio de Turismo, en coordinación con la Prefectura del Departamento y el Gobierno Municipal de la ciudad de Potosí, son los encargados de elaborar políticas de difusión y promoción de este atractivo turístico, así como de formular planes, programas y proyectos de fomento y desarrollo al turismo en torno a la Hacienda de Mondragón.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del...

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