Ley 467

GobiernoAdministrativa - Monumento Nacional
Número de Edición467
Publication DateFebruary 04, 1969

LEY Nº 467

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo 1º.- Créase en la ciudad de Potosí el Comité “PRO MONUMENTO JOSE MARIA LINARES”, compuesto por el Prefecto del Departamento, Alcalde Municipal, Rector de la Universidad, Jefe del Distrito Escolar, Obispo de la Diócesis y Presidente de la Cámara Departamental de Minería, que se encargará de los trámites para erigir un monumento al ilustre Presidente de Bolivia Dr. José Maria Linares, en el lugar más adecuado de la avenida 9 de Abril de la indicada ciudad de Potosí.

Artículo 2º.- El personal técnico y administrativo del Comité de Obras Públicas cooperará en la realización de todos los trabajos relativos a este fin.

Artículo 3º.- Los recursos económicos que demande la ejecución de esta obra, se imputará al presupuesto del Comité de Obras Públicas de Potosí, del próximo año de 1969.

Artículo 4º.- El Comité pro monumento podrá asimismo promover una campaña económica nacional, con el fin de recabar fondos para el cometido de la obra.

Artículo 5º.- El Comité mencionado en el artículo 1º cesará en sus funciones inmediatamente que concluyan los trabajos encomendados por la presente Ley.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines...

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