Ley 2897

GobiernoAdministrativa - Servicio De Gas
Número de Edición2897
Publication DateNovember 11, 2004

LEY N° 2897

LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional, la conexión de gas natural domiciliario en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

ARTICULO 2°.- Se instruye al Poder Ejecutivo prestar toda la atención necesaria a fin de que este objetivo pueda ser alcanzado a la brevedad posible.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo...

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