Ley 120

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Tasas
Número de Edición120
Publication DateNovember 29, 1961

LEY No. 120.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D ECRETA:

Artículo 1º - Autorízase al Servicio Nacional de Caminos a cobrar pontazgo en el nuevo puente sobre el Río Grande, del camino Sucre-Epizana, de acuerdo con la siguiente escala:

a)Por el paso de camiones, colectivos al servicio público, doce mil bolivianos (Bs. 12.000.-); y

b)Por el paso de camionetas, automóviles, jeeps, vagonetas y otros vehículos livianos, ocho mil bolivianos (Bs. 8.000.-).

Artículo 2º - El producto de la recaudación aque se refiere el artículo precedente servirá para cubrir la suma total invertida, pagándose a las institucionescontribuyentes el porcentaje respectivo desus inversiones, o sea: al Servicio Nacional de Caminos novecientos setenta millones de bolivianos (Bs. 970.000.000.-) por el costo del puente sobre el Río Grande y mil doscientos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos cinco bolivianos,(Bs. 1.202.781.805.-) por su parte para la construcción de variante de acceso a la Misión de Operación de los Estados Unidos en Boliviasetecientos veintemillones de bolivianos(Bs. 720.000.000.-) por el préstamo otorgado para cubrirel costo de la mencionada variante de acceso.

Artículo 3º - Una vez recobradoel importe total de las obras...

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