Ley 1515

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Leyes Financiales
Número de Edición1515
Publication DateNovember 26, 1993

LEY No. 1515

LEY DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1993

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se autorizan las modificaciones presupuestarías de los recursos y gastos financiados por el Tesoro General de la Nación detallados en el Anexo N° 1.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase el Presupuesto Adicional de Gastos por Bs. 178.833.243.00 (ciento setenta y ocho millones, ochocientos treinta y tres mil doscientos cuarenta y tres 00/100 Bolivianos), financiado por otras fuentes distintas al Tesoro Nacional, destinados a cubrir requerimientos de varias instituciones del Sector Público, de acuerdo a la relación de recursos y gastos detallada en los Anexos N° 2 y 3.

ARTICULO TERCERO.- Autorízase efectuar las modificaciones presupuestarías detalladas en el Anexo N° 4 y 5 respecto a la Ley Financial 1454 y según el Reglamento de Modificaciones al Presupuesto de gastos aprobado por D.S. 23251 de 23 de agosto de 1992.

ARTICULO CUARTO.- Autorízase la Transferencia de Bs. 1.764.000.00 (un millón setecientos sesenta y cuatro mil 00/100 Bolivianos), al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de acuerdo a la estructura de gasto del Anexo N° 6, sin afectar el techo presupuestario aprobado mediante la presente Ley.

ARTICULO CINCO.-Las entidades del Sector Público no afectadas por las modificaciones presupuestarias señaladas en los Artículos 1, 2 y 3, de la presente ley, mantendrán sus Presupuestos de Ingresos y Gastos de conformidad a la Ley N° 1454 de 15 de febrero de 1993.

ARTICULO SEXTO.-El Poder Ejecutivo aprobará dentro la estructura y las cifras contenidas en la presente Ley, el detalle y las especificaciones...

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