Ley 2852

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Histórico
Número de Edición2852
Publication DateOctober 06, 2004

LEY N° 2852

LEY DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación a la Catedral San Bernardo de Tarija, fundada por los Jesuitas el año 1690, situada en la ciudad de Tarija.

ARTICULO 2.- Encomiéndase al Viceministerio de Cultura, Prefectura de Tarija y Gobierno Municipal de Tarija coordinar acciones para la restauración, conservación y mantenimiento de la indicada Catedral.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de Septiembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio...

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