Ley 2843

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición2843
Publication DateSeptember 27, 2004

LEY N° 2843

LEY DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento, por la suma de hasta $us. 120.000.000.- (CIENTO VEINTE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinados a financiar el Programa de Fortalecimiento Fiscal y Mejora de la Calidad de Gasto Público.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte, Presidente en Ejercicio...

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