Ley 2266

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2266
Publication DateNovember 27, 2001

LEY N° 2266

LEY DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1°.- De conformidad alartículo 59°, atribución 7ª. de la Constitución Política del Estado y en virtud a los Convenios suscritos entre el Gobierno Nacional, representado por el Ministro de Hacienda y la Universidad Nacional de Siglo XX, representada por su Rector, en fechas 8 de marzo de 1995 y 28 de junio de 1999, se autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia, a título gratuito, a través del Ministerio de Hacienda, de un inmueble con una superficie de 500 m2 y un avalúo de $us. 15.000.- (Quince Mil 00/100 Dólares Americanos), transferido al Tesoro General de la Nación según Testimonio N° 726/94 de fecha 21 de septiembre de 1994 e inscrito en la Oficina de Derechos Reales del Departamento de Potosí, bajo la Partida N° 116/94, Folio N° 57 vuelta, Libro N° 16, de fecha 13 de octubre de 1994, ubicado en la Avenida 10 de Noviembre y Plaza de Armas de la localidad de Llallagua, en favor de la Universidad Nacional de Siglo XX.

ARTICULO 2°.- Los pagos realizados a la fecha por esta Universidad, en virtud del Convenio de fecha 30 de mayo de 1997 con el Ministerio de Hacienda, no serán revertidos a la mencionada Casa Superior de Estudios.

ARTICULO 3°.- La transferencia referida en la presente Ley, estará sujeta a lo previsto en la Ley N° 1178 y el Decreto Supremo N° 25964, sobre Normas...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT