Ley 2265

GobiernoInternacional - Migraciones
Número de Edición2265
Publication DateNovember 27, 2001

LEY N° 2265

LEY DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 12ª., de la Constitución Política del Estado, se aprueba el "Protocolo Adicional entre la República de Bolivia y el Reino de España", modificando el Convenio de Doble Nacionalidad de 12 de octubre de 1961, suscrito en Madrid el 18 de octubre de 2000.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de noviembre de dos mil un años.

Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Loza Espada, Rubén E...

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