Ley 794

GobiernoAdministrativa - Sello Postal
Número de Edición794
Publication DateFebruary 28, 1986

LEY DE 19 DE FEBRERO DE 1986

LEY Nº 794

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1o.- Las estampillas a emitirse para la circulación nacional e internacional deberán llevar motivos alusivos al carnaval de Oruro, con la leyenda: " Oruro, Capital del Folklore boliviano" un una proporción correspondiente al 10 % del total de motivos empleados.

ARTICULO 2o.- A fin de velar por la conservación de la identidad del folklore orureño, los motivos e imágenes señalados en el artículo 1º serán sugeridos por la Oficialía Mayor de Cultura de la H. Alcaldía Municipal de Oruro, en coordinación con la Casa de la Cultura y la Asociación de Conjuntos Folklóricos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los cinco días del mes...

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