Ley 2795

GobiernoAdministrativa - Infraestructura De Servicios
Número de Edición2795
Publication DateAugust 26, 2004

LEY N° 2795

LEY DE 5 DE AGOSTO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional y necesidad publica departamental el diseño, ejecución del Proyecto de la Central Hidroeléctrica “ROSARIUNI”, construcción de su infraestructura o instalación de todos los medios técnicos necesarios para su funcionamiento, sobre las afluencias de los ríos Plata, río Arcopongo y el río Toldoqullo hacia el río Cotacajes, en el Cantón Arcopongo del Municipio Inquisivi, Primera Sección de la Provincia Inquisivi del Departamento de La Paz, a fin de incentivar el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos hídricos.

ARTICULO 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo mediante el Ministerio de Servicios y Obras Públicas, gestionar financiamiento nacional e internacional, asimismo, la Prefectura Departamental y los Municipios beneficiados con este proyecto, deberán programar recursos económicos suficientes en el Plan Operativo Anual, destinados a la elaboración del proyecto a diseño final y a la ejecución de la construcción e instalación de la Central Hidroeléctrica, a fin de generar y provisionar energía eléctrica domiciliaria...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT