Ley 2798

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Desastres Y Emergencias
Número de Edición2798
Publication DateAugust 26, 2004

LEY N° 2798

LEY DE 5 DE AGOSTO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.-(Objeto). Declárase a la Cuenca de los Ríos Quelcata, Tujsahuira, Pallina y Katari que desembocan en el Lago Titicaca, Zona de Desastre Ambiental y de Emergencia Hídrica, siendo de prioridad nacional, la restauración y recuperación ambiental y paisajística, de acuerdo a la Ley N° 1333 y Reglamentos, ubicados en el Municipio de El Alto, Viacha, Laja y Puerto Pérez del Departamento de La Paz.

ARTICULO 2°.- (Alcance). El aprovechamiento de la Cuenca debe ser encarado en forma integral y sostenible de acuerdo a un proceso de planificación y evaluación del impacto ambiental de cada una de las actividades que se desarrollen en la Cuenca, definiendo acciones de saneamiento a corto, mediano y largo plazo.

ARTICULO 3°.-(Ambito de Aplicación). La presente Ley se sujetará en el ámbito de la aplicación a las entidades públicas y privadas, cuyas actividades afecten el uso y aprovechamiento de los recursos emergentes renovables y no renovables.

ARTICULO 4°(Acuerdo de Mancomunidad). De acuerdo a la Ley N° 2028, de Municipalidades, según el Título VII, Capítulo II, artículo 155°, los Municipios afectados por la Cuenca de los Ríos a través de sus Gobiernos Municipales, de manera voluntaria y en uso de su capacidad asociativa, podrán adquirir responsabilidad mancomunada comprometiendo los recursos necesarios para la realización de fines y objetivos planteados.

ARTICULO 5°.-(Comités de Gestión). Se dispone la organización de un Comité de Gestión de Conservación Ambiental de la Cuenca Hídrica, cuyo Directorio estará conformado por la Prefectura de Departamento, Mancomunidad de Municipios, Municipios, Comité Cívico, Universidades, Federación Sindical de Campesinos, Junta de Vecinos y Aguas del Illimani...

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