Ley 2228

GobiernoInternacional - Migraciones
Número de Edición2228
Publication DateJuly 25, 2001

LEY N° 2228

LEY DE 19 DE JULIO DE 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59º, atribución 12ª, de laConstitución Política del Estado, se aprueba el “Protocolo Adicional al Convenio de Migración entre la República de Bolivia y la República Argentina”, suscrito en la ciudad de La Paz, el 6 de noviembre del año 2000.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de julio de dos mil un años.

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate...

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