Ley 2744

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición2744
Publication DateJune 28, 2004

LEY N° 2744

LEY DE 28 DE MAYO DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad regional y nacional, la ejecución plena de los proyectos y presupuestos asignados a través de la Dirección Unica de Fondos para el Departamento de Chuquisaca.

ARTICULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar el financiamiento para incrementar los recursos asignados a través de la Dirección Unica de Fondos para el Departamento de Chuquisaca.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de mayo de dos mil cuatro años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson...

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