Ley 2587

GobiernoAdministrativa - Servicio Eléctrico
Número de Edición2587
Publication DateDecember 18, 2003

LEY N° 2587

LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Con el propósito de mitigar el estado de pobreza de los pueblos y a fin de dotarles de energía eléctrica, se dispone la subvención de diesel para la Mancomunidad Madre de Dios, comprendiendo a los Municipios de Puerto Gonzalo Moreno, San Lorenzo y Sena, del Departamento de Pando.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro...

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