Ley 2589

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición2589
Publication DateDecember 18, 2003

LEY Nº 2589
LEY DE 16 DE DICIEMBRE DE 2003

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Declárase de prioridad nacional, la actividad turística en el Departamento de Pando, debiendo el Poder Ejecutivo, la Prefectura y sus Municipios, asegurar las condiciones necesarias para el potenciamiento del turismo es ese Departamento, garantizando la conservación y uso racional de sus recursos naturales, históricos, arqueológicos y culturales.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes diciembre de dos mil tres años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Teodoro Valencia...

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