Ley 3522

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición3522
Publication DateDecember 18, 2006

LEY Nº 3522

LEY DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO UNICO. De conformidad a lo establecido por el Artículo 59,atribución 7ª de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Rurrenabaque de la Cuarta Sección de la Provincia General José Ballivián del Departamento de Beni, la transferencia, a título oneroso, de 171.312,35 m2 de terreno, ubicado en la zona Norte, final de la población, entre el primer y segundo ex Brazos del Río Beni, al margen derecho de la calle Bolívar, Sector Terraplén, bajo la denominación de Urbanización “Los Sauces”, destinados a la construcción exclusiva de viviendas sociales para personas de escasos recursos económicos, de acuerdo con lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 052/2004, de 10 de agosto de 2004, la Resolución Administrativa Nº 014/2004 de 12 de julio de 2004 y las Disposiciones Legales en vigencia.

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