Ley 3521

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición3521
Publication DateDecember 18, 2006

LEY N° 3521

LEY DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

.

ARTICULO 1.Se autoriza a la Prefectura del Departamento, asignar a la Universidad Aútónoma del Beni "José Ballivián", el 5% de los 2/3 del 1% de recursos que percibe el Beni como regalía, por mandato de la Ley N° 981, de 7 de marzo de 1988.

ARTICULO 2. Para el manejo de los recursos asignados por la Prefectura del Departamento del Beni, ésta deberá proceder a la apertura de una cuenta fiscal especial a nombre de la Universidad Autónoma del Beni "José Ballivián".

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de noviembre de dos mil seis años.

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT