Ley 511

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición511
Publication DateApril 10, 1980

LEY 511

LEY DE 7 DE ABRIL DE 1980

LYDIA GUEILER TEJADA

Presidente Constitucional Interina de la República

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley;

EL HONORABLECONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO

Créase el cantón CHALLUYO, en la provincia Pacajes del Departamento de La Paz, cuyos límites serán: al norte, con el cantón Achiviri al sur, con la comunidad Sora, al este, con la comunidad de Taracollo-Condoraca; yal oeste, con las Repúblicas de Chile y el Perú.

ARTICULO SEGUNDO

De conformidad con el artículo 6 del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar se hará cargo de la correspondiente delimitación.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional


La Paz, 8 de febrero de 1980.

Dr. Walter Guevara Arze

PRESIDENTEDE LA H. CAMARA DE SENADORES

Dr. José Zegarra Cerruto

PRESIDENTE DE LAH. CAMARA DE DIPUTADOS

Dr. Benjamin Miguel Harb

SENADOR SECRETARIO

H. Luis Añez Alvarez

SENADOR SECRETARIO

Dr. Jorge Alderete R.

DIPUTADO SECRETARIO

Jaime Villegas Durán

DIPUTADO SECRETARIO

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

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